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Cobro del Seguro para Escombros

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La agencia gubernamental apropiada le exige al condado que maneje el cobro de los fondos de cualquier seguro de una propiedad privada, que estén disponibles y sean identificados como cobertura para la remoción de escombros. Al participar en el programa, los dueños de propiedades le asignan al condado los fondos para remover escombros. El condado los va a cobrar y se los mandará a la CalOES o FEMA. Los dueños de propiedades pueden reducir el monto que deben si incurrieron en costos para remoción de escombros, que no estaban incluidos en el programa estatal, considerando que la remoción es un gasto cubierto bajo la categoría del seguro que paga los fondos para la remoción de escombros. Los dueños de propiedades tienen que presentar documentación para cualquier gasto compensatorio por remoción de escombros.

El condado va a recibir los reportes de costos de la CalOES para cada propiedad que participó en el programa de remoción de escombros patrocinado por el gobierno, después de los incendios de 2020. El condado espera recibir los reportes de costos en algún momento durante el otoño 2021. Después de recibirlos, el condado va a generar facturas para cada terreno y le proporcionará copia a los dueños de las propiedades y a sus compañías de seguros, que se identifican en la forma Derecho de Entrada. Además, el condado va a solicitar información de los agentes de seguros sobre los límites de las coberturas relacionadas.

El Condado de Sonoma ha recibido informes de costes de CalOES para cada propiedad que participó en el programa de retirada de escombros patrocinado por el gobierno. El Condado de Sonoma envió facturas a las compañías de seguros con asegurados que perdieron sus hogares. El personal del condado también envió a cada propietario una copia de la factura.

Aquí abajo, se encuentra disponible más información acerca del proceso de cobro del seguro para escombros, incluyendo preguntas frecuentes, formas para presentar y como contactar al personal del condado.



Preguntas Frecuentes

A cambio de que el Estado de California le ayudara a la Ciudad de Santa Rosa y al Condado de Sonoma con la remoción de escombros después de los incendios del 2020, a través del programa de remoción de escombros patrocinado por el gobierno, el condado es responsable de recolectar información y de cobrar los fondos del seguro de los dueños de propiedades participantes. La ley federal prohíbe la duplicación de los beneficios (vea la pregunta de arriba), y el condado está obligado a asegurarse de que dicha duplicación no exista. Las pólizas de seguro varían y el condado no participa en los ajustes o las negociaciones de ninguna reclamación de seguros por la remoción de escombros. Aparte de desarrollar auditorías internas como parte de su obligación, el condado no tiene que verificar o investigar de manera independiente los documentos proporcionados por el dueño de la propiedad, como apoyo a su solicitud de algún rembolso.

La duplicación de beneficios se refiere a la ayuda de más de una fuente que se utiliza para la misma actividad. En este caso, ocurriría una duplicación de beneficios si la propiedad es limpiada por la CalOES y al dueño de la propiedad le paga la compañía de seguros por la remoción de escombros (misma actividad) y se queda con los fondos. Una duplicación de beneficios no ocurriría si la CalOES limpia la propiedad y el dueño que recibió el pago para dicha actividad le manda esos fondos a la CalOES.

Usted debe de trabajar con su compañía de seguros para determinar los fondos disponibles del seguro que están asignados para la cobertura de remoción de escombros en su póliza. Estos fondos se denominan “seguro asignado para remoción de escombros”. Muchas compañías de seguros les pagan a sus asegurados por la remoción de escombros al principio del proceso de reclamación, antes de que el condado reciba las notificaciones de los costos o de que expida una factura. Muchos de los pagos del seguro para remoción de escombros se empalman con los pagos de otras coberturas. El dueño de la propiedad le debe de preguntar a su ajustador de seguros:

  1. Si la compañía de seguros le pagará directamente al Condado cuando reciba su factura;
  2. Si el pago no se hace al momento de recibir la factura, entonces cuando se hará;
  3. De cuanto serán los pagos; y
  4. De que parte de su póliza de seguros salen los pagos.

Si necesita ayuda adicional, puede contactar a:

  • Monto Especificado o Separado: Algunas pólizas incluyen cobertura de seguro para remoción de escombros en una clausula separada, especifica. Algunas pólizas incluyen la cobertura de seguro para la remoción de escombros dentro de una cobertura, y si la pérdida excede el monto de la cobertura, está disponible un beneficio adicional (por ejemplo el 5%). En general, la cobertura para escombros está disponible en las siguientes categorías de seguro: vivienda, vivienda accesoria, contenidos y vegetación. En todo caso, el condado solo va a cobrar hasta el monto total del seguro por escombros que se le pague al asegurado. Usted no le deberá al condado ningún monto adicional de dinero, aun cuando los costos reales de remover los escombros excedan el monto de los fondos recibidos de la aseguradora.
  • Monto No Especificado: Otro tipo de cobertura de seguro para la remoción de escombros es la que no tiene un monto especifico, pero incluye los costos de la remoción de escombros en los fondos totales del seguro que se proporcionan para la estructura principal y/u otra estructura o propiedad personal. Si usted tiene este tipo de póliza, el condado solo intentará cobrar los fondos del seguro para la remoción de escombros después de que usted haya reconstruido su casa. El condado solo va a cobrar el dinero que quede para la remoción de escombros en su póliza de seguro, si queda, después de que la reconstrucción se termine o usted haya comprado otra casa. Si usted se gasta el pago del seguro completo reconstruyendo o en la compra de otra casa, usted no deberá nada por el programa de remoción de escombros patrocinado por el gobierno.

No. El único dinero que el condado va a cobrar a nombre del gobierno del estado son los fondos del seguro que están destinados para la remoción de escombros, menos cualquier gasto compensatorio.

Usted puede utilizar los fondos de su seguro para cubrir los gastos por trabajos relacionados con una remoción adicional de escombros, siempre que la actividad por la que se incurrieron los costos no estuviera cubierta de otra manera por la categoría de la póliza (gastos compensatorios elegibles). Si usted incurre en gastos para los cuales su póliza no pagaría, entonces el condado no puede funcionar como otro asegurador y pagarle dinero de la póliza que de otra forma no le hubiera cubierto el gasto. Por ejemplo, su póliza le debe de permitir utilizar la remoción de escombros de su vivienda para remover árboles quemados, para que usted pueda ser rembolsado por ese gasto. Usted debe de presentar documentación que soporte sus gastos adicionales y la autorización en su póliza para dichos gastos. Si hay cualquier monto restante de los fondos de su seguro para la remoción de escombros, después de que se le pagaron sus gastos compensatorios elegibles, ese saldo se le debe a la CalOES.

Prepárese para presentarle documentación al condado, si usted busca el compensar el monto del reporte de costos.

El condado va a recibir un reporte de costos de la CalOES que es un desglose de los cargos por remoción de escombros para cada terreno. Basado en la información del reporte de costos, el condado va a preparar una factura por terreno para presentársela a cada compañía de seguros y dueño de propiedad. La información en el aviso de costos es idéntica a la información en la factura.

El condado le va a facturar a todas las compañías de seguros en base a los costos recibidos de la CalOES, para cada una de las propiedades, y todos los dueños de propiedades recibirán una copia. Además el condado les pedirá a las compañías de seguros que proporcionen la siguiente información para cada póliza que asegure una propiedad que participó en el programa patrocinado por el gobierno para la remoción de escombros: Una copia de la póliza, la página de declaraciones de la póliza y el monto en cada categoría de la póliza que se dedica a la cobertura para la remoción de escombros.

El condado le pide que presente por lo menos una de las tres formas para el dueño de la propiedad. La siguiente información debe de ayudarlo para determinar que forma es la correcta para usted.

Forma para Rembolso

Este formulario debe ser cumplimentado y presentado por los propietarios que soliciten el reembolso de la totalidad o de una parte del dinero del seguro relacionado con los escombros que se pagó al condado. Además del formulario de reembolso, deberá presentar cualquier declaración de su compañía de seguros en la que se verifique el importe del dinero del seguro relacionado con los escombros que se le pagó, la autorización de que los gastos son subvencionables en virtud de la categoría del seguro, y documentación y recibos de los trabajos subvencionables (fotografías, facturas, extractos, cheque cancelado, etc.). También debe presentar una declaración del asegurado explicando detalladamente las circunstancias de la necesidad del desescombro adicional.

Forma de retención

Este formulario debe ser completado y presentado por los propietarios que han recibido dinero del seguro relacionado con los escombros, incurrido en gastos de compensación elegibles, y no están entregando al condado el importe total del dinero del seguro relacionado con los escombros. Además del formulario de retención, debe presentar cualquier declaración de su compañía de seguros que verifique el importe del dinero del seguro relacionado con los escombros que se le ha pagado, la autorización de que los gastos son subvencionables en virtud de la categoría del seguro, y la documentación y recibos de los trabajos subvencionables (fotografías, facturas, extractos, cheque cancelado, etc.). También debe presentar una declaración del asegurado en la que explique detalladamente las circunstancias de la necesidad del desescombro adicional.

Declaración del asegurado

Esta declaración debe ser presentada por todos los demás propietarios que entreguen al condado el dinero del seguro relacionado con los escombros y no presenten un formulario de reembolso o de retención. Los propietarios que entreguen al condado la totalidad del dinero del seguro relacionado con los escombros deberán presentar una declaración de asegurado junto con su pago. Los propietarios que retengan el dinero del seguro de escombros hasta una fecha posterior deben presentar una declaración asegurada indicando la razón por la que retienen los fondos y presentar un formulario de retención.

La forma de retención, la solicitud de rembolso y la declaración del asegurado contienen palabras que dicen que el dueño de la propiedad no ha recibido beneficios duplicados y que las declaraciones contenidas en el documento son verdaderas y correctas y que el dueño de la propiedad entiende que el condado confía en lo verdadero y preciso de dichas declaraciones. Además, las formas de retención y de rembolso declaran que la actividad para la cual se solicitan/retienen los fondos es un gasto permitido bajo la categoría del seguro que pago los fondos para la remoción de escombros.

 

Si su póliza de seguros tiene un monto especificado para la remoción de escombros (ya sea un monto en dólares o un porcentaje de su cobertura, su pago debe hacerlo una vez que  haya terminado con toda la remoción de escombros en su propiedad.

Si su compañía de seguros no tiene un monto especificado para la remoción de escombros, usted no debe nada sino hasta que haya terminado la reconstrucción de su propiedad.

Sí, pero solo hasta donde alcancen los fondos después de que usted haya terminado la reconstrucción o haya comprado otra casa. Todas las aseguradoras recibirán una factura con los gastos de la CalOES, y se le mandará una copia al dueño de la propiedad.

Al recibir la factura, debe presentar un formulario de retención y marcar el párrafo “Es posible que tenga gastos adicionales por la retirada de escombros. Me comprometo a ponerme en contacto con el condado una vez finalizado el trabajo relacionado con los escombros y a proporcionar documentación (recibos, etc.) del trabajo. Todos los fondos restantes del seguro de escombros, si los hubiera, se remitirán en ese momento”. Además, deberá completar la información solicitada en el formulario de retención.

A usted se le va a notificar cuando el condado reciba fondos del seguro para la remoción de escombros. En ese momento, usted tendrá la oportunidad de presentar una solicitud para rembolso y los comprobantes de los gastos que tuvo. Entonces el condado le puede mandar un cheque por el rembolso.

Si el cheque se expidió a su nombre y al Condado de Sonoma, debe de endosar el cheque y mandárselo al Condado a la dirección de abajo, el condado le mandará los fondos a la CalOES. Si usted tuvo gastos compensatorios elegibles por una remoción adicional de escombros, presente toda la documentación de soporte con su cheque. El condado depositará el cheque y puede emitir un cheque de rembolso para usted por todos los gastos compensatorios que califican.

Si el cheque está a su nombre, usted puede:

  1. Depositarlo en su cuenta y hacerle un cheque al condado o
  2. Endosarle el cheque al condado. Si tuvo gastos compensatorios elegibles para resolver temas relacionados con escombros, mande todos los comprobantes con el cheque. Si le endosó el cheque al condado, el condado lo va a depositar y le puede mandar un cheque con un rembolso por aquellos gastos compensatorios que califiquen.

Nota: Si el cheque se expide a dos nombres como “Juan y Juana Pérez”, ambas personas deben de endosar el cheque al condado. Si el cheque se hace a una de dos personas como “Juan o Juana Pérez”, cualquiera de los dos puede endosarle el cheque al condado.

Los cheques se deben de entregar o mandar por correo a:

County of Sonoma

Debris Removal Insurance Reimbursement

575 Administration Dr., Rm. 104-A

PO Box 14310

Santa Rosa, CA 95402

Si la categoría de su póliza que paga los gastos de remoción de escombros permite la remoción de árboles y/o vegetación quemada, entonces el gasto es un costo compensatorio permitido. Sin embargo, si su póliza tiene una provisión separada para árboles, vegetación y/o jardines, el dueño de la propiedad pudiera no ser rembolsado por la remoción de árboles/vegetación fuera de lo permitido por su póliza, a menos que esta lo permita. Antes de solicitar un rembolso, o de retener cualquier monto de los fondos para remoción de escombros o para remover árboles o vegetación, contacte a su ajustador para definir si dicha actividad es un gasto permitido por la póliza. Para recibir un rembolso, o retener los fondos de la póliza, el Condado le exigirá al dueño de la propiedad que declare afirmativamente que los gastos que salieron de su bolsa y que está reclamando, están permitidos por su póliza.

No. Si su propiedad es dañada, el dueño de la propiedad debe de presentar una reclamación con el Departamento de Reciclado y Recuperación de Recursos de California (CalRecycle). La forma se puede encontrar en linea aqui y se debe de mandar a damageclaims@calrecycle.ca.gov