Ninguna propiedad está exenta de la Eliminación de Residuos Domésticos Peligrosos (Primera Fase). Su propiedad puede calificar para una exención de la Segunda Fase de Eliminación de Escombros si los únicos escombros quemados en una parcela son de estructuras no residenciales de menos de 120 pies cuadrados, vallas, y material de madera no estructural. No se requiere un plan de trabajo siempre que las estructuras no contengan pintura, pesticidas, herbicidas, propano u otras sustancias peligrosas similares, y los requisitos enumerados en el Conditional Exemption del condado de Sonoma. Se requiere una aprobación de exención condicional del Departamento de Servicios de Salud, Salud Ambiental antes de que pueda comenzar cualquier trabajo en su sitio. Se pueden otorgar exenciones adicionales caso por caso cuando la estructura tenga más de 120 pies cuadrados y todo el material contenido dentro de la estructura sea inerte. No puede solicitar una exención si el condado ha señalado que su propiedad puede contener residuos peligrosos domésticos (HHW) o asbesto.