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FECHA DE LA ORDEN: 7 DE SEPTIEMBRE, 2021
Por favor lea esta Orden con cuidado. La violación o la falta de cumplimiento de esta Orden es un delito y puede castigarse con una multa, encarcelamiento o ambos. (Código de Salud y Seguridad de California § 120275, et seq.)
BAJO LA AUTORIDAD DE LAS SECCIONES 101040, 101085 Y 120175, DEL CODIGO DE SALUD Y SEGURIDAD DE CALIFORNIA, EL OFICIAL DE SALUD DEL CONDADO DE SONOMA (“OFICIAL DE SALUD”) ORDENA:
1. Resumen. Esta Orden del Oficial de Salud exige que todos los reclusos en las instalaciones de detención (incluyendo la correccional para menores) en el Condado de Sonoma reciban una prueba rápida del antígeno para el virus que causa la Enfermedad del Coronavirus 2019 (“COVID-19”), sin importar el estatus de vacunación de la persona, al ingresar a las instalaciones.
2. Fecha y Hora de Efectividad. Esta Orden surte efecto a las 12:01 a.m. del 1o de octubre, 2021.
3. Bases para la Orden. El 26 de julio, 2021, el Departamento de Salud Pública de California emitió una orden exigiéndoles a las patrones de lugares de cuidados de salud y lugares de reunión de alto riesgo que verifiquen el estatus de vacunación de todos los empleados y exige también que a los empleados no vacunados o no verificados se les exija el someterse a pruebas de vigilancia rutinarias. (https://www.cdph.ca.gov/Programs/CID/DCDC/Pages/COVID-19/Order-of-the-State-Public-Health-Officer-Unvaccinated-Workers-In-High-Risk-Settings.aspx).
La orden Estatal no exige las pruebas para los reclusos en las instalaciones correccionales. En el Condado de Sonoma, han surgido casos en las instalaciones de detención, relacionados con los reclusos y con el personal. El virus es introducido a las instalaciones tanto por el personal de la cárcel como por los reclusos, en donde se puede transmitir tanto al personal como a los reclusos. Las instalaciones de detención son lugares grupales de alto riesgo por la cercanía de las celdas; los reclusos tienen contacto con varios miembros diferentes del personal y de los voluntarios mientras están en la cárcel y puede que sea necesario moverlos entre diferentes módulos de celdas, lo cual incrementa la posibilidad de transmisión de la COVID-19. La población de reclusos enfrenta un riesgo substancial de sufrir padecimientos severos por la COVID-19, aun si están completamente vacunados, porque pueden tener ciertos padecimientos de salud que los hacen más vulnerables a las consecuencias más severas de la COVID-19. El Condado de Sonoma también está experimentando actualmente un incremento en los casos ocasionado por la variante Delta del virus. Esta variante es más contagiosa y causa más enfermedades severas que las cepas anteriores. Por lo tanto, esta orden de pruebas aplica para todos los reclusos, sin importar su estatus de vacunación.
4. Requerimientos de Pruebas contra la COVID-19. A todos los reclusos en las instalaciones de detención en el Condado de Sonoma, incluyendo la correccional para menores, se les exigirá que se sometan a pruebas rápidas del antígeno al ingresar en las instalaciones de detención.
El personal de correccionales puede confirmar un resultado en una prueba del antígeno con una prueba confirmatoria de amplificación del ácido nucleico si:
a. El recluso no presenta síntomas consistentes con la COVID-19; y,
b. El personal de la cárcel debe de aislar, de acuerdo con el protocolo de aislamiento de la instalación de detención, a cualquier recluso que tenga un resultado positivo en una prueba del antígeno, hasta que reciba un resultado negativo de una prueba confirmatoria de amplificación del ácido nucleico.
El personal de la cárcel no deberá de utilizar otra prueba del antígeno para confirmar un resultado positivo en una prueba del antígeno.
Si un recluso presenta síntomas consistentes con la COVID-19 y tiene un resultado positivo en la prueba del antígeno, entonces no se requiere de una prueba confirmatoria de amplificación del ácido nucleico; se debe de aislar al recluso de acuerdo al protocolo de aislamiento de la instalación de detención.
5. Copias; Información de Contacto. Copias de la Orden se tendrán disponibles de inmediato (1) en el Centro de Administración del Condado en el 575 Administration Drive en Santa Rosa (2) subiéndolas a la página de internet del Condado y (3) entregándolas a cualquier persona que las solicite.
ASI SE ORDENA:
Dr. Sundari R. Mase, MD MPH
Oficial de Salud del Condado de Sonoma