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January 10, 2022 4:58 PM

Orden Del Oficial De Salud Del Condado De Sonoma C19-35

Esta orden de salud del condado de Sonoma ya no está en vigor . Este contenido se proporciona solo como referencia histórica.

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FECHA DE LA ORDEN: 10 de enero, 2022

Por favor lea esta Orden con cuidado.  La violación o falta de cumplimiento de esta Orden es un delito castigable con multa, encarcelamiento o ambos.  (Código de Salud y Seguridad de California § 120295, et seq.)

BAJO LA AUTORIDAD DE LAS SECCIONES 101040, 101085 Y 120175 DEL CODIGO DE SALUD Y SEGURIDAD DE CALIFORNIA, LA OFICIAL DE SALUD DEL CONDADO DE SONOMA (“OFICIAL DE SALUD”) ORDENA:

  1. Para reducir la propagación de la Enfermedad por el Coronavirus 2019 (“COVID-19”), esta Orden prohíbe las reuniones grandes, como han sido definidas, así como las reuniones de 12 o más personas de cualquier edad que estén en un riesgo más alto de padecer la enfermedad severa por la COVID-19, durante la duración de esta Orden.
  2. Fecha y Hora de Efectividad/Duración. Esta Orden surte efecto a las 12:01 a.m. del 12 de enero, 2022 y seguirá en funciones hasta el 11 de febrero, 2022, a menos que sea extendida, rescindida, substituida o enmendada por escrito por la Oficial de Salud o el Oficial de Salud Pública Estatal.
  3. Bases para la Orden. El Condado de Sonoma está experimentando un pico en los casos de COVID-19.  La introducción de la variante Omicron ha resultado en un crecimiento exponencial de los casos de COVID-19 en el Condado de Sonoma debido a la mayor transmisibilidad y la capacidad de esta variante de evitar la inmunidad que ha conferido una infección anterior o la vacuna (p. ej. evasión inmunitaria).  Durante los últimos 14 días, la tasa de casos del Condado se incrementó en un 398% de 24.4 a 121.4 nuevos casos por cada 100,000 habitantes por día y se estima que continúe aumentando en enero 2022. Los resultados positivos en las pruebas son más altos que en cualquier punto de la pandemia (16.5% comparado con el 9.7% del pico anterior).  Cincuenta por ciento (50%) de los casos en las últimas dos semanas, con una fuente conocida de infección, se han debido a reuniones, la mayoría grandes (involucrando a 12 o más personas).  La disponibilidad de las pruebas del antígeno y PCR, para detectar el virus y reducir los contagios, está limitada debido a la excepcionalmente alta demanda.  Las hospitalizaciones por COVID-19 se incrementaron de 28, el 3 de enero, 2022 a 76 el 9 de enero, 2022.  En el pico de invierno de enero de 2021, las hospitalizaciones por COVID-19 alcanzaron 104.  Sin los esfuerzos de control, las proyecciones del modelo estatal muestran que el pico actual podría llevar a más de tres veces a aquel número de personas hospitalizadas con COVID-19, lo cual podría rebasar la capacidad de camas y de personal en los hospitales locales.Desde una óptica de equidad, el actual pico va a afectar de manera desproporcionada a las personas con bajos ingresos y a las comunidades de color debido a factores de riesgo que incluyen la sobre representación en la fuerza de trabajo, la falta de permisos por enfermedad/protecciones laborales, densidad familiar inducida por la pobreza o situaciones de vivienda compartida y el uso de transporte compartido, lo cual pone a estos residentes en un riesgo mayor de infectarse con la COVID-19.  Los resultados positivos en las pruebas entre los residentes latinos durante las últimas dos semanas fueron del 27%, comparado con el 18% de la comunidad en general. Los residentes latinos han representado más de la mitad (53%) de todos los casos de COVID-19 en el condado, a pesar de que representan solo el 27.3% de la población y también han sido desproporcionadamente afectados por las hospitalizaciones y muertes causadas por la COVID-19.  En 2020, la esperanza de vida se redujo 2.1 años (comparada con el promedio 2017-2019) para los residentes latinos, pero solo 0.7 años para los residentes blancos no hispanos.Son necesarias medidas adicionales de salud pública en este momento, para reducir los contagios de COVID-19 y reducir las posibilidades de los brotes grandes, impactos desproporcionados en las comunidades de bajos ingresos y de color y las consecuencias severas (hospitalización y/o la muerte). Las reuniones ahora causan el 50% de los casos donde se conoce la fuente de transmisión.  Reducir la transmisión de la variante Omicron es necesario para mantener los niveles adecuados de personal en nuestro sistema de cuidados de salud y para mantener las suficientes camas de hospital disponibles para las personas que están enfermas  de COVID-19 y para aquellas que se tienen que hospitalizar por otras razones. Dado el censo hospitalario actual, aun un pico moderado en los casos y hospitalizaciones podría materialmente afectar al sistema de cuidados de salud en el Condado de Sonoma.  Esta Orden va a reducir las posibilidades de que muchas personas se expongan a la COVID-19 en un solo evento y por lo tanto va a reducir la propagación de la enfermedad en nuestra comunidad. Al reducir los contagios de la COVID-19, esta Orden ayudará a preservar la tan importante y limitada capacidad de cuidados de salud en el Condado de Sonoma.
  4. Prohibición de Reuniones Grandes. Yo ordeno que durante la duración de esta Orden:
    1. Las reuniones grandes, como se definen más abajo, están prohibidas. Si durante el periodo que comprende esta Orden se había planeado una reunión grande, esta deberá de ser pospuesta o cancelada.
    2. Las reuniones de personas de cualquier edad, que incluyan a personas que estén en un mayor riesgo de padecer la enfermedad severa de la COVID-19, deberán de limitarse a no más de 12 personas, excepto reuniones familiares.
  5. Definiciones.
    1. Una “reunión”, para los propósitos de esta Orden, es cualquier evento público, privado o convivio que concentre a la gente en una sola habitación, salón o espacio único al mismo tiempo, como un auditorio, gimnasio, estadio, arena, salón grande de conferencias, salón para bodas, sala de juntas o cualquier otro espacio en interiores o exteriores. Estas reuniones pueden tener asientos asignados o no asignados y pueden ser de admisión general o a puerta cerrada, con boletos y con permisos.
    2. Excepto como se menciona en el párrafo (c), más abajo, para los propósitos de esta Orden, una “reunión grande” es una reunión de:
      • Más de 50 personas presentes en interiores; o,
      • Más de 100 personas presentes en exteriores, donde no se puede respetar la distancia social de seis (6) pies por lo menos.
    3. Para los propósitos de esta Orden, una “reunión grande” no incluye la asistencia en el trabajo, la corte, lugares de oración, cafeterías, o cualquier otro lugar que este abierto a la circulación del público como parte de sus operaciones normales, tal y como centros comerciales, tiendas, restaurantes/lugares de comida y museos. Esta Orden no aplica para eventos normales de enseñanza escolar como clases diarias o descansos.
    4. Para los propósitos de esta Orden, “las personas de cualquier edad que estén en mayor riesgo de padecer la enfermedad severa por la COVID-19” significa personas con ciertos padecimientos médicos como las definen los CDC: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/need-extra-precautions/people-with-medical-conditions.html.
  6. Debido al actual pico de casos, las reuniones pequeñas deberán de ser, pero no se les exige, pospuestas, canceladas o desarrolladas de manera virtual.
  7. De conformidad con las secciones 26602 y 41601 del Código de Gobierno y la sección 101029 del Código de Salud y Seguridad, la Oficial de Salud le solicita al Alguacil y a todos los jefes de policía en el condado que aseguren la vigilancia y el cumplimiento de esta Orden.
  8. En caso de que el Alguacil o los jefes de policía tengan preguntas acerca de las definiciones de esta Orden, por este conducto la Oficial de Salud le delega la autoridad al Abogado del Condado para responder a dichas preguntas por escrito.
  9. Las copias de esta Orden se deberán de hacer disponibles de inmediato (1) en el Centro de Administración del Condado en el 575 del Administration Drive en Santa Rosa (2) subiéndolas a la página de internet del Departamento de Salud Pública del Condado en https://sonomacounty.ca.gov/Health/Public-Health/) y (3) entregándolas a cualquier miembro del público que las solicite.

ASI SE ORDENA:

Dra. Sundari R. Mase, MD MPH
Oficial de Salud del Condado de Sonoma

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