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November 23, 2021 5:06 PM

Enmienda No. 4 a Orden de la Oficial de Salud del Condado de Sonoma: Vacunación Obligatoria contra la Influenza para los Trabajadores en los Cuidados de Salud

Esta orden de salud del condado de Sonoma ya no está en vigor . Este contenido se proporciona solo como referencia histórica.

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A: Hospitales generales de cuidados agudos, instalaciones de enfermería especializada (incluyendo instalaciones de subagudos), instalaciones de cuidados intermedios, hospitales psiquiátricos de agudos, centros de atención médica diurna para adultos, programas diurnos para adultos con licencia del Departamento de Servicios Sociales de California, Programa de Atención Integral para Ancianos (PACE) y centros PACE, centros de cirugía ambulatoria, hospitales de recuperación de dependencia química, clínicas y consultorios médicos (incluyendo salud conductual, cirugía), Centros de atención a la tercera edad autorizados por el Departamento de Servicios Sociales, centros de diálisis, centros de cuidados paliativos, trabajadores de cuidados paliativos en centros de atención a la tercera edad y de enfermería especializada, centros de salud de día y de descanso pediátricos, centros residenciales de tratamiento de abuso de sustancias, centros de salud psiquiátrica, centros de rehabilitación de salud mental, farmacias, trabajadores de atención sanitaria a domicilio, consultorios dentales, centros de atención a adultos y a la tercera edad, entornos de atención directa en el hogar, y los cubiertos por la enmienda nº 3 a la Ley obligatoria sobre la gripe. 3 a la vacunación obligatoria contra la gripe.

RE: Centros Regionales y sus proveedores de servicios – Recomendación fuerte en lugar del mandato

El 1 de octubre de 2021, el Departamento de Salud Pública del Condado de Sonoma emitió una orden de vacunación contra la influenza para exigir que todas las personas que trabajan en ciertos entornos de atención médica especificados y centros de atención congregada reciban una vacunación anual contra la influenza, sujeta a exenciones médicas y adaptaciones religiosas, a más tardar el 15 de noviembre de 2021.  (https://socoemergency.org/order-of-the-health-officer-of-the-county-of-sonoma-mandatory-influenza-vaccination-of-workers-at-health-care-facilities/)

El 21 de octubre de 2021, la Salud Pública del Condado de Sonoma modificó la orden de vacunación contra la influenza para permitir que los sistemas de salud de varios condados que implementan un programa obligatorio de vacunación contra la influenza en todo su sistema tengan tiempo hasta el 30 de noviembre de 2021 para cumplir con la Orden del Funcionario de Salud que exige que ciertos trabajadores de atención médica y trabajadores de ciertos centros de atención médica reciban la vacuna contra la influenza.

El 4 de noviembre de 2021, la Salud Pública del Condado de Sonoma modificó la orden de vacunación contra la influenza para ampliarla e incluir a todos los trabajadores sujetos a la Orden COVID-19 del CDPH con fecha del 28 de septiembre de 2021.  Todos los trabajadores cubiertos por la Orden COVID-19 del CDPH deben recibir una vacunación anual contra la influenza, sujeta a exenciones médicas y ajustes religiosos, a más tardar el 30 de noviembre de 2021.

Esta Enmienda aclara que no fue la intención incluir a los Centros Regionales y a sus proveedores de servicios, como se describe en la orden de vacunación obligatoria Covid-19 del CDPH con fecha del 28 de septiembre de 2021, en la orden de vacunación obligatoria contra la gripe del Condado de Sonoma.  Sin embargo, el Funcionario de Salud recomienda encarecidamente que un Centro Regional que presta servicios en el Condado de Sonoma exija a sus empleados y a los trabajadores de los proveedores de servicios que brindan servicios directos al consumidor que se vacunen contra la influenza.

Autoridad legal:

El Funcionario de Salud tiene la autoridad para “tomar las medidas que sean necesarias para prevenir y controlar la propagación de enfermedades dentro del territorio bajo su jurisdicción” (Código de Salud y Seguridad §120175 y siguientes).

Orden:

Las siguientes personas no están obligadas por esta orden a recibir la vacuna contra la influenza, pero se les recomienda encarecidamente que lo hagan: los empleados de los centros regionales, así como los trabajadores de los proveedores de servicios, que prestan servicios a un consumidor a través de la red de Centros Regionales que atienden a personas con discapacidades intelectuales y del desarrollo.

Para cualquier pregunta adicional, por favor, póngase en contacto con la Salud Pública del Condado de Sonoma, Unidad de Control de Enfermedades, en PHNurse@sonoma-county.org o (707) 565-4567

Gracias por su papel en aplanar la curva y proteger a los residentes más vulnerables de nuestro condado.

 

Sinceramente,

Dr. Sundari R. Mase, MD MPH

Oficial de Salud del Condado de Sonoma Fecha

 

Traducción realizada con la versión gratuita del traductor www.DeepL.com/Translator